Lista reglamentación del Fondo Fílmico Colombia

Pantalla Colombia No.: 607
marzo 15 - 22 / 2013

Con el decreto 437 del pasado 14 de marzo, el Gobierno Nacional puso definitivamente en funcionamiento el Fondo Fílmico Colombia (FFC)

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Como ya se había anunciado, se trata de un instrumento que prevé la devolución hasta de un 40% del gasto que cualquier película extranjera o nacional haga en Colombia en servicios cinematográficos (artistas, técnicos, producción o posproducción, entre otros) y en servicios logísticos de alimentación, transporte u hotelería, siempre que dicha inversión sea superior a 1.800 salarios mínimos. (Ver PANTALLA COLOMBIA 602).
 
Con esta reglamentación queda establecido que la devolución de recursos que hace el FFC a los productores (contraprestación) no constituye renta ni ganancia ocasional para éstos y por lo tanto no deben pagar impuesto de renta sobre la misma ni soportar retención en la fuente. Igualmente, se aclara que los servicios a películas extranjeras  que se distribuyan en el mercado internacional son una exportación de servicios que permite devolución del IVA,  con lo que se disminuyen costos de producción.
 
Proimágenes Colombia manejará el FFC  en un patrimonio autónomo, bajo la  dirección del Comité Promoción Fílmica Colombia en el que participan los ministerios de Comercio, Industria y Turismo y el de Cultura, la Dirección de Cine, Proexport, el representante de los productores en el Consejo Nacional de Cine y dos personas de reconocida trayectoria en este campo (Salvo Basile y Mauricio Reina).
 
La postulación de proyectos debe hacerse de acuerdo con el Manual de Asignación de Recursos, el cual se puede consultar AQUÍ.

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